Tip Legal
Publicado: 21 de julio de 2026Leído: 64
¿Puede la trabajadora acumular el descanso prenatal al postnatal?
Sí. La trabajadora puede diferir parcial o totalmente el descanso prenatal para acumularlo al descanso postnatal. Debe comunicar esta decisión al empleador con una anticipación no menor de dos meses antes de la fecha probable del parto, acompañando el informe médico correspondiente.
Base legal: Artículo 1 de la Ley N° 26644