Tip legal
Publicado: 26 de agosto de 2026Leído: 194
¿Los bienes intangibles pueden ser aportados al capital social?
Sí. La Ley General de Sociedades permite que los aportes al capital social no solo consistan en dinero, sino también en bienes o derechos susceptibles de valoración económica, lo que comprende a los bienes intangibles. En consecuencia, activos como el software, las marcas, las patentes, el know-how o las bases de datos pueden ser objeto de aporte, siempre que sean susceptibles de valorización, pertenezcan al aportante y puedan ser válidamente transferidos a favor de la sociedad.
BASE LEGAL: Artículos 22, 23 y 27 de la Ley General de Sociedades.