Tip Legal
Publicado: 20 de julio de 2026Leído: 57
¿Debes registrar en el RUC el local de tu operador logístico?
El contribuyente y/o responsable se encuentra en la obligación de declarar como establecimiento anexo en el RUC un local de un operador logístico en el que se encuentre su mercadería, en la medida en que desarrollen efectivamente sus actividades empresariales en dicho local.
Base Tributaria: INFORME N.° 040-2012-SUNAT/4B0000