Sumario
1. Introducción 2. Gastos por alimentación a trabajadores de un contratista minero: causalidad del gasto, Resolución del Tribunal Fiscal N.° 7561-11-2025 3. Operaciones no reales: prueba documentaria insuficiente para acreditar un servicio de mantenimiento vehicular, Resolución del Tribunal Fiscal N.° 03343-5-2026 4. Intervención excluyente de propiedad: la fecha cierta como estándar probatorio, Resolución del Tribunal Fiscal N.° 3290-5-2026 5. Conclusión
Resumen
En el presente artículo, se examinan tres pronunciamientos del Tribunal Fiscal en los que se evidencia la exigencia probatoria que la Administración Tributaria. En este caso, SUNAT exige al contribuyente para el reconocimiento de sus derechos, así como los límites que el propio Tribunal establece frente a reparos y sanciones insuficientemente acreditados.
En la primera Resolución del Tribunal Fiscal N.° 7561-11-2025 de 15-08-25, se confirmó el reparo por gastos de alimentación otorgados a trabajadores de una empresa contratista minera, al no haberse acreditado la existencia de una obligación contractual que vinculará dicho gasto con el giro del negocio, calificándose el desembolso como una liberalidad no deducible.
Por otro lado, en la Resolución del Tribunal Fiscal N.° RTF 03343-5-2026 (10-04-2026), se confirmó el reparo al crédito fiscal del IGV, efectuado por SUNAT, sobre un servicio de mantenimiento vehicular, al determinar que el contribuyente no acreditó su realización efectiva.
Finalmente, en la Resolución del Tribunal Fiscal N.° 3290-5-2026 de 08-04-26, se declaró infundada una intervención excluyente de propiedad al concluir que el tercerista no acreditó, fehacientemente, la fecha cierta de adquisición del inmueble con anterioridad al embargo trabado por la Administración.
Palabras clave: Tribunal Fiscal / causalidad / carga de la prueba / intervención excluyente de propiedad
Recibido: 17-08-2026
Aprobado: 18-08-2026
Publicado en línea: 01-09-2026
1. Introducción
Es común encontrar los términos fehaciencia y causalidad en los requerimientos o las esquelas emitidos por la SUNAT, pues constituyen requisitos indispensables que la Administración evalúa para permitir la deducción de un gasto o el uso del crédito fiscal. La fehaciencia exige que el contribuyente demuestre que la operación consignada en el comprobante de pago efectivamente ocurrió, es decir, que…