Sumario
1. Remuneración 2. Remuneración mínima 3. Planillas de remuneraciones y boleta de pago 4. Habilitación de la billetera digital para percibir el pago de haberes y otras obligaciones laborales
Resumen
Conforme a lo establecido en el artículo 18 del Decreto Supremo N.º 001-98-TR, el pago de la remuneración/haberes podrá ser efectuado directamente por el empleador o por intermedio de terceros, siempre que en este caso se permita al trabajador disponer de aquella en la oportunidad establecida, en su integridad y sin costo alguno.
En el presente informe, trataremos los alcances del cumplimiento de esta obligación laboral, teniendo en consideración la Ley N.° 32413 y el Decreto Supremo N.º 011-2026-EF, los cuales habilitan y autorizan el uso de la billetera digital para percibir el pago de haberes y otras obligaciones laborales, con el objeto de promover esta herramienta tecnológica como medio válido para que los empleadores abonen los sueldos y otros beneficios laborales.
A continuación, se presenta un análisis concordado de la normatividad legal en mención.
Palabras clave: remuneración / boleta de pago / planilla / concepto remunerativo y no remunerativo / inembargabilidad / billetera digital / garantía / cuenta de dinero electrónico / acuerdo previo / dinero electrónico / empresas emisoras de dinero electrónico
Recibido: 16-02-2026
Aprobado: 19-02-2026
Publicado en línea: 03-03-2026
1. Remuneración
Dentro del régimen laboral de la actividad privada, los empleadores deben cumplir, entre otros aspectos, con una serie de obligaciones laborales, como es el pago oportuno de la remuneración percibida por los trabajadores.Pues bien, nuestra Constitución establece, en su artículo 24, que todo trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que le procure a él y a su familia…

