Sumario

1. Introducción 2. ¿Quiénes no están obligados a efectuar los pagos a cuenta y retenciones del impuesto a la renta de cuarta categoría? 3. ¿Quiénes pueden solicitar la suspensión? 4. ¿Cómo presentar la solicitud de suspensión de retenciones de cuarta categoría? 5. ¿Dónde se verifica la constancia de suspensión de retenciones de cuarta categoría? 6. ¿Desde qué fecha surte efecto la constancia de suspensión y cuál es su vigencia? 7. ¿Qué datos debe consignar la constancia de Autorización de suspensión? 8. Presentación excepcional de la solicitud de suspensión 9. Obligaciones tributarias de los contribuyentes y de los agentes de retención 10. Reinicio de retenciones y/o pagos a cuenta suspendidos

Resumen

Para el ejercicio gravable 2026, la SUNAT establece los parámetros para que los contribuyentes que perciben rentas de cuarta categoría (trabajadores independientes) puedan solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta. Como contribuyente de cuarta categoría puede evitar la retención del 8 % del impuesto cuando se emita recibos por honorarios por montos mayores a S/ 1500, permitiendo a los contribuyentes que no se le efectúen retenciones en exceso.

Palabras clave: excepciones / suspensión / cuarta categoría

Recibido: 18-01-2026

Aprobado: 19-01-2026

Publicado en línea: 02-02-2026