Sumario

1. Definición. 2. Oportunidad del derecho. 3. Beneficio sustitutorio en caso de invalidez permanente. 4. Obligaciones del trabajador. 5. Obligaciones del empleador. 6. Derecho del empleador. 7. Remuneración asegurable. 8. Monto y pago del beneficio. 9. Fallecimiento del trabajador. 10. Continuación del seguro en caso de enfermedad o cese del trabajador. 11. Registro obligatorio de contratos del seguro vida ley. 12. Obligaciones de las empresas de seguros.

Resumen

Mediante el Decreto de Urgencia N.º 044-2019 se estableció la obligatoriedad de la contratación del seguro de vida, fijando la misma desde el inicio de su relación laboral y no una vez cumplidos los cuatro años de servicios. La obligatoriedad de este cambio entró en vigencia a partir del 11 de febrero del 2020 (Decreto Supremo N.º 009-2020-TR), por lo cual los empleadores deben contratar el seguro de vida ley de manera progresiva y conforme a los lineamientos que presentamos seguidamente.

Palabras clave: beneficiarios / remuneración asegurable / invalidez permanente / declaración jurada / responsabilidad solidaria / fallecimiento / registro / póliza / accidente / invalidez total / registro obligatorio / intereses legales / continuidad del seguro

Recibido: 18-09-2025

Aprobado: 19-09-2025

Publicado en línea: 01-10-2025