Sumario
1. Introducción 2. Sujetos obligados a efectuar la presentación del DAOT 3. Contenido que debe tener el DAOT 4. Condiciones para realizar la presentación del DAOT 5. ¿Qué infracción se genera al no presentar el DAOT?
Resumen
Al finalizar cada ejercicio gravable, surge la obligación para un grupo de contribuyentes de efectuar la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT), ya sea en función a su designación como principal contribuyente o por tener operaciones sujetas e inafectas del IGV; no obstante, puede que incluso estos contribuyentes solo sustituyan la presentación del DAOT con otra declaración informativa, al cumplir con ciertos parámetros establecidos en las normativas vigentes.
Palabras clave: declaración / operaciones con terceros / transacción / PDT / UIT
Recibido: 24-03-2025
Aprobado: 25-03-2025
Publicado en línea: 02-04-2025