Sumario

1. Introducción 2. Aplicación práctica

Resumen

Los sujetos acogidos al Régimen Mype Tributario deben también presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. La determinación del impuesto anual se realiza tomando en cuenta que, por las primeras 15 unidades impositivas tributarias (UIT) de renta neta del ejercicio, la tasa que deben aplicar es del 10 %; y por el exceso de dichas UIT de renta neta del ejercicio, la tasa a aplicar es de 29.5 %. En comparación con el Régimen General del impuesto se obtiene un ahorro tributario en vista que por las primeras 15 UIT de renta neta se ahorran 19.5 % del impuesto a la renta.

Palabras clave: régimen mype / mype tributario / impuesto mype

Recibido: 24-02-2025

Aprobado: 25-02-2025

Publicado en línea: 04-03-2025