Sumario
1. Introducción 2. Modificación de la jornada de trabajo 3. Facultades del empleador 4. Horario de trabajo 5. Trabajo en sobretiempo: horas extras 6. Trabajo en horario corrido: refrigerio 7. Trabajo en horario nocturno
Resumen
Todo empleador se encuentra facultado para introducir cambios o modificar turnos, días u horas de trabajo, así como la forma y modalidad de la prestación de las labores, dentro de criterios de racionabilidad y teniendo en cuenta las necesidades del centro de trabajo. No obstante, esta facultad no puede ser interpretada en el sentido que permita al empleador modificar unilateralmente el contenido de convenios colectivos previamente pactados, u obligar a negociarlos nuevamente, o afectar de cualquier otra manera la libertad sindical.
En tal sentido, se presenta a continuación, un informe que enmarcar el procedimiento que se deben cumplir para estar facultados a realizar dicha modificación de jornadas, horarios y turnos.
Palabras clave: jornada / convenio /facultades / empleador/ reducción / caso fortuito o fuerza mayor / negociación obligatoria / horario de trabajo / horas extras / sobretiempo / refrigerio / horario nocturno / compensación / negociaciones colectivas / infracción administrativa / sindicato
Recibido: 22-11-2024
Aprobado: 23-11-2024
Publicado en línea: 04-12-2024