Sumario

1. ¿Cuál es la deuda tributaria materia de acogimiento? – 2. ¿Quiénes son los sujetos excluidos del fraccionamiento especial? – 3. ¿Cómo se efectúa la actualización de la deuda tributaria materia de acogimiento al fraccionamiento especial? – 4. ¿Cómo se presenta la solicitud de acogimiento al fraccionamiento especial? – 5. ¿Existen causales de rechazo a la solicitud de acogimiento? – 6. ¿Cuándo se genera la constancia de presentación? – 7. ¿Cuáles son los códigos que se deben utilizar? – 8. ¿Cómo opera el desistimiento de la solicitud de acogimiento? – 9. ¿Qué reglas se toman en cuenta con la resolución que aprueba o deniega la solicitud de acogimiento? – 10. De las garantías – 11. Disposiciones complementarias finales - 12. ¿Existen antecedentes de este fraccionamiento especial?

Resumen

En la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano del viernes 11 de octubre del 2024, se publicó el Decreto Supremo N.° 184-2024-EF1, por medio del cual se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 16342, el cual considera el fraccionamiento especial de la deuda tributaria administrada por la Sunat.

Como complemento a este dispositivo, el viernes 18 de octubre del 2024 se publicó en el diario oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia N.° 000206-2024/SUNAT3, por medio de la cual se dictan las normas referidas al fraccionamiento especial de la deuda tributaria administrada por la Sunat, aprobado por el Decreto Legislativo N.° 1634.

En los párrafos siguientes, se presentará un comentario a los aspectos más relevantes de la normatividad aprobada por este reglamento y su norma complementaria.

Palabras clave: fraccionamiento / deuda tributaria / pago en partes / hipoteca / garantías / orden de pago

Recibido: 23-10-2024

Aprobado: 24-10-2024

Publicado en línea: 05-11-2024