Sumario
1. Introducción 2. La cesión de inmuebles: ¿qué conceptos pueden considerarse? 3. ¿Qué documentos sustentan el arrendamiento o la cesión en uso? 4. El requerimiento de información de la Sunat 5. ¿Qué información se solicita en el Anexo N.° 01? 6. ¿Qué problemas se pueden presentar?
Resumen
Cuando el contribuyente se inscribió ante la Sunat para obtener su número de Registro Único de Contribuyente (RUC), debió consignar un domicilio fiscal como parte de sus obligaciones. Allí se debía indicar si el inmueble que se consignó como domicilio era propio o arrendado. Si marca la opción de que es alquilado; ello puede involucrar diversos aspectos como cesión en uso o el contrato de arrendamiento. En los últimos días, la Administración Tributaria ha enviado un cuestionario para averiguar más datos sobre este tema al no encontrar información relacionada con gastos de arrendamiento, lo cual significa un cruce de datos entre quien cede el inmueble y quien lo ocupa.
Palabras clave: arrendamiento / cesión en uso / renta ficta / contrato / firmas legalizadas / usufructo
Recibido: 21-06-2024
Aprobado: 25-06-2024
Publicado en línea: 05-07-2024