Sumario

1. Introducción 2. El notario y la labor de legalización de firmas 3. ¿En qué parte de la legislación tributaria se menciona que la legalización de firmas ante notario es obligatoria?

Resumen

En la mayor parte de los procesos de fiscalización efectuados por la Administración Tributaria, los auditores exigen a los contribuyentes el sustento de las operaciones, a efectos de validar las mismas. En algunas oportunidades, exigen que los contratos celebrados deben contar con la firma de las partes contratantes legalizadas ante notario público, pero ello ¿es obligatorio en todos los casos? El presente informe analiza los supuestos en los cuales si se requiere la exigencia de la legalización de las firmas.

Palabras clave: legalización de firmas / notario público / medio probatorio / fehaciencia / reconocimiento de gastos / partes contratantes

Recibido: 22-05-2024

Aprobado: 23-05-2024

Publicado en línea: 04-06-2024

1. Introducción

En muchas actividades empresariales, se puede apreciar contratos que se celebran como respaldo de actividades, asesorías, consultorías, contratación de personal, constancias, contratos de arrendamiento, mutuos dinerarios, entre otros.La regla general no es la obligatoriedad de la legalización de firmas de las partes intervinientes ante el notario público, sino por el contrario, ello es una…