Sumario

1. Introducción – 2. ¿Qué conceptos son deducibles respecto a los gastos de viaje? – 3. ¿Cómo se sustentan los gastos de transporte? – 4. ¿Cómo se sustentan los gastos por viáticos? – 5. ¿Hasta qué límite se puede deducir el gasto por concepto de viáticos? – 6. Informes de Sunat - 7. Resoluciones del Tribunal Fiscal

Resumen

El presente informe detalla los documentos necesarios y los límites normativos para respaldar los gastos de viaje: transporte y viáticos (alojamiento, alimentación y movilidad), bajo el contexto de la presentación de la Declaración Jurada Anual 2023.

Palabras clave: gasto deducible / impuesto a la renta / transporte / viáticos / comprobante de pago / declaración jurada / alojamiento / alimentación / movilidad

Recibido: 20-03-2024

Aprobado: 22-03-2024

Publicado en línea: 03-04-2024

1. Introducción

A propósito de la presentación de la Declaración Jurada Anual 2023, es pertinente recordar los aspectos a tener en consideración a efecto de deducir el gasto en el ejercicio. Entre estos se encuentran los gastos de viaje que, para algunos contribuyentes, son recurrentes por el giro o naturaleza del negocio, lo cual no implica —necesariamente— una vinculación inmediata con la generación de renta;…