Sumario
1. Introducción 2. ¿Cuándo existe la obligación de efectuar las retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría? 3. ¿Qué contribuyentes pueden solicitar la suspensión de las retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría? 4. ¿Cómo se efectúa la solicitud de suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría? 5. ¿Dónde se verifica la constancia de suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría?
Resumen
Para el ejercicio 2024, las personas naturales que generen rentas de cuarta o de cuarta y quinta categoría, deberán considerar según la Resolución de Superintendencia N.° 000270-2023/SUNAT, para poder solicitar la suspensión de las retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría; asimismo, se encuentran obligados a seguir los parámetros establecidos, para efectuar la presentación de su solicitud, según el límite de sus ingresos proyectados en un lapso de doce meses, periodos de referencias, entre otros.
Palabras clave: suspensión / retenciones / pagos a cuenta / ingresos proyectado / periodos de referencia
Recibido: 08-02-2024
Aprobado: 09-02-2024
Publicado en línea: 16-02-2024