Sumario

1. Introducción - 2. ¿A quiénes se les puede donar? - 3. Bienes y servicios que pueden ser donados - 4. ¿Cuál es el límite para la deducción de las donaciones otorgadas? - 5. ¿Qué documentos necesito para acreditar las donaciones? - 6. Ejercicio de la deducción - 7. Documentos que deben entregar las entidades beneficiarias a los donantes - 8. Obligación de informar a la Sunat - 9. Donantes perceptores de rentas de trabajo y/o fuente extranjera - 10. Emisión del comprobante de pago - 11. Donaciones en estado de emergencia por desastres naturales.

Resumen

Las donaciones son tratadas por nuestra Ley del Impuesto a la Renta como un acto de liberalidad, las que en principio no son aceptadas como un gasto deducible. No obstante, la misma norma ha dispuesto como excepción la posibilidad de deducir los bienes donados, bajo el cumplimiento de determinados requisitos y dentro de ciertos límites señalados por la misma norma. En el presente artículo, abordaremos el tratamiento tributario que debe otorgarle a estas operaciones con la finalidad de evitar contingencias.

Palabras clave: donaciones / acto de liberalidad / deducción

Recibido: 06-12-2023

Aprobado: 07-12-2023

Publicado en línea: 18-12-2023

1. Introducción

Las donaciones son un acto de liberalidad por la cual una persona trasfiere a título gratuito un bien de su propiedad o una suma de dinero a favor de un tercero. Por lo que se puede señalar que una donación es un acto de desprendimiento, todas aquellas cantidades satisfechas sin contraprestación alguna por parte de quien la recibe.El régimen tributario de las donaciones en nuestra legislación,…