1. Sumilla

La Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Casación Laboral N.° 31337-2019-SULLANA, establece que, para que un contrato por locación de servicios sea válido, se debe acreditar que el trabajador no estuvo sujeto a subordinación; caso contrario, se convierte en un contrato de duración indeterminada.