Como se sabe, se publicó la Ley N.° 31478 en el diario oficial El Peruano, cuya norma faculta el retiro extraordinario de los fondos privados de pensiones en el contexto de la pandemia del COVID-19 y mediante la cual se autoriza a los afiliados el retiro de hasta cuatro (4) unidades impositivas tributarias del total de sus fondos acumulados en sus cuentas individuales. Asimismo, mediante la Ley…