Caso práctico N.° 1

Horario nocturno como jornada ordinaria La señora Katherine Rosas, trabajadora de la microempresa Yustus SA, ha sido contratada para laborar en un call center. Nos cuenta que su jornada será de 10:00 p. m. a 6:00 a. m., percibiendo una remuneración básica de S/ 930.00. La consulta que nos realiza es la siguiente: ¿es correcta la remuneración que percibe? Datos Remuneración computable (RC): S/…