1. Ausencia de las partes en la audiencia de pruebas y conclusión del proceso
Hace más de diez años, y desde el 30 junio del 2007 1, se ha contemplado como regla para el juez de instancia el concluir un proceso válidamente instaurado, si verifica que ambas partes no concurren a la audiencia de pruebas, es decir, que paralelamente a las formas tradicionales de finalización del proceso, en nuestro ordenamiento procesal se le adiciona también como supuesto la culminación de…
