Resumen

Según el profesor Ruíz de Castilla, “en la inmunidad, inafectación y exoneración no llega a existir una carga tributaria. […] en el beneficio el punto de partida es que exista una carga tributaria pero con posterioridad se produce su reducción o eliminación”. En ese sentido, en el presente informe se ha tratado respecto a cómo el Gobierno viene ampliando las reducciones de las cargas tributarias…