7. Conclusiones

— La medida socioeducativa de internación es de ultima ratio, ya que solo debe ser impuesta a un adolescente en conflicto con la ley penal frente a la inviabilidad de aplicar una sanción menos gravosa como las demás existentes en nuestro Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, teniendo a la mano información relevante contenida en el informe del equipo multidisciplinario y su evaluación…