1. ¿Los contratos de colaboración empresarial están sujetos a plazos máximos de duración?

No, la regulación de los contratos asociativos o de colaboración empresarial establecida en la Ley General de Sociedades no prevé plazos máximos de duración para tales contratos, por lo que las partes pueden fijar cualquier plazo en su contrato o pactarlo a plazo indefinido.