1. Introducción

Existe situaciones en la que el agente retenedor asume el monto de las retenciones que debió realizar, es decir, el Agente de Retención no retiene pero si paga al fisco el monto que debió retener con sus propios fondos.Las retenciones asumidas se encuentran previstas de una u otra forma dentro del numeral 13 del artÍculo 177 del Código Tributario. Dicha norma prevé una salvedad al hecho de no…