RESUMEN

El servicio de transporte de bienes por vía terrestre se encuentra sujeto a detracción, regulado mediante la Resolución de Superintendencia N.º 073-2006/SUNAT, para determinar el monto del importe a detraer se debe calcular el valor referencial del servicio para ser comparado con el importe de la operación, de las cuales se aplicará la detracción sobre el importe mayor, en la presente ocasión se…