3. Tasa de interés moratoria

El artículo 1242 del Código Civil señala que el interés es moratorio cuando tiene por finalidad indemnizar la mora en el pago, por lo tanto, es el interés generado por el retraso del pago de la obligación a la fecha de vencimiento establecido. En este sentido, se puede decir que tienen naturaleza indemnizadora ya que buscan resarcir el retraso en el pago y retribuir al acreedor (prestamista) por…