1. ¿Es obligatoria la presencia de un notario en las juntas generales de accionistas?

No, las juntas generales de accionistas se llevan a cabo sin la presencia de un notario. Solo cuando el directorio acuerde o solicite accionistas que representen no menos del veinte por ciento de las acciones, será obligatoria la presencia de un notario en la reunión.