1. ¿Qué ocurre si el último día para efectuar el protesto de una letra de cambio es un día inhábil?
De acuerdo con el artículo 75 de la Ley de Títulos Valores, cuando el último día del plazo dentro del cual debe efectuarse la entrega del título valor al notario para que este realice el protesto fuere día feriado, sábado o domingo, el plazo queda prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
