1. ¿Una fianza puede ser otorgada en forma verbal?
No, el artículo 1871 del Código Civil dispone que la fianza debe ser otorgada por documento escrito, bajo sanción de nulidad.

No, el artículo 1871 del Código Civil dispone que la fianza debe ser otorgada por documento escrito, bajo sanción de nulidad.
Para leer el artículo completo necesitas iniciar sesión.
Contenido
¿No tienes suscripción? Suscríbete ahora