1. ¿Cuál es la formalidad para la celebración de un contrato de donación?
Cuando se trata de la donación de un bien inmueble el contrato debe formalizarse por escritura pública. Si se trata de bienes muebles la donación puede hacerse en forma verbal, salvo cuando el valor del bien supera el 25 % de la UIT, en cuyo caso la donación se debe formalizar por escrito de fecha cierta.
