1. Sobre el proceso de autorización para ser emisor electrónico
Una de las condiciones para emitir un documento electrónico desde los SEE-Del Contribuyente, conforme lo señala el artÍculo 10, numeral 10.2, de la Resolución de Superintendencia N.º 097-2012/SUNAT, es tener la calidad de emisor electrónico, es decir, que haya pasado satisfactoriamente el proceso de homologación respectiva.En ese sentido deberá primero presentarse la solicitud de autorización y…

