1. ¿Cuál es la formalidad para la celebración de un contrato de do- nación?
Cuando se trata de la donación de un bien inmueble, el contrato debe formalizarse por escritura pública. Si se trata de bienes muebles, la donación puede hacerse en forma verbal, salvo cuando el valor del bien supera el 25% de la UIT, en cuyo caso la donación se debe formalizar por escrito de fecha cierta.
