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29 de diciembre de 2025

Trabajadores y empleadores: revisa tus obligaciones legales para el Año Nuevo 2026

Año Nuevo 2026: qué días se descansa y cómo se paga según la ley laboral

Trabajadores y empleadores: revisa tus obligaciones legales para el Año Nuevo 2026

En el marco de las celebraciones por el Año Nuevo 2026, el abogado laboralista César Puntriano Rosas aclaró el régimen laboral aplicable a los días previos y posteriores a esta fecha, precisando que el miércoles 31 de diciembre de 2025 no es feriado, ya que el feriado legal por Año Nuevo corresponde al jueves 1 de enero de 2026.

Para el experto es común que muchos empleadores permitan al personal retirarse al mediodía del 31 de diciembre sin descuento salarial. Sin embargo, recalcó que esta práctica no responde a una obligación legal, sino a una decisión unilateral del empleador. Asimismo, indicó que los trabajadores con turnos rotativos, especialmente en áreas de producción, generalmente no acceden a este beneficio, el cual suele aplicarse al personal administrativo.

Respecto al feriado del 1 de enero, la ley obliga al empleador a otorgar descanso remunerado, sin descuento alguno, incluyendo a los trabajadores bajo modalidad de teletrabajo, quienes deben gozar de desconexión digital. Si el trabajador labora ese día, tiene derecho a percibir una doble remuneración, salvo que el empleador compense la labor con un descanso pagado en otro día laborable.

Como ejemplo, señaló que un trabajador con sueldo mensual de S/ 1,500 percibe S/ 50 diarios. Si descansa el feriado, cobra su sueldo íntegro; si trabaja, recibe S/ 100 adicionales por ese día. La omisión del feriado constituye una infracción muy grave, sancionable con multas que pueden alcanzar los S/ 281,035 si se afecta a más de 1,000 trabajadores.

Finalmente, aclaró que el viernes 2 de enero de 2026 ha sido declarado día no laborable compensable para el sector público y de acogimiento voluntario para el sector privado, conforme al DS 042-2025-PCM. 

En el sector privado, el acuerdo sobre la recuperación del día dependerá de la negociación entre empleador y trabajadores, o, en su defecto, de la decisión del empleador.

En resumen, el inicio de 2026 traerá un feriado obligatorio (1 de enero) y un día no laborable compensable que será obligatorio solo para el sector público y opcional para el privado.

Fuente: El Peruano

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