Portales de transparencia: se fortalece la supervisión
Autoridad remitirá un informe anual al Congreso sobre la materia.

14/06/2023 El Gobierno promulgó las modificaciones a la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, las cuales fijan las disposiciones para la supervisión y publicación de esa información en las entidades públicas, además de los reportes que se enviarán al Congreso de la República.
Según la Ley N° 31783, que modifica la normativa, el titular de la institución será el responsable de asegurar las condiciones para el funcionamiento, mantenimiento y actualización del portal de transparencia.
Así también de establecer el procedimiento para que las dependencias de la entidad atiendan los requerimientos de información pública formulados por el responsable de la actualización del portal, precisa.
Labor
La ley señala que la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ANTAIP) supervisará el cumplimiento de los plazos de actualización de la información pública.
Esta labor, indica, se efectuará de oficio, por petición de otras instituciones o por denuncia. Para la organización de la supervisión de oficio, aplicará criterios de priorización y progresividad, enfatiza.
En caso de incumplimiento de la actualización de los portales, la ANTAIP comunicará el hecho al titular y a la secretaría técnica de procedimientos administrativos disciplinarios u órgano que haga sus veces de la entidad para que procedan conforme a sus atribuciones, recalca.
La ley señala que la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública remitirá un informe anual al Parlamento en el que detallará las solicitudes de acceso a la información atendidas y no atendidas, así como el nivel de cumplimiento en la actualización de esta en los portales.
Proyecto de reglamento
Un plazo de 30 días calendario tendrán los interesados para remitir sus aportes al proyecto de reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que se publicó en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
La Resolución N° 0214-2023-JUS precisa que las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad, así como de las personas naturales, se presentarán en la mesa de partes del portafolio, ubicada en calle Scipión Llona N° 350, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima.
De la misma manera, se podrán enviar mediante la mesa de partes virtual: https://sgd.minjus.gob.pe/sgd-virtual/public/ciudadano/ciudadanoMain.xhtml o por el correo electrónico informeanualsaip@minjus.gob.pe, indica.