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Nacional
23 de octubre de 2025

Menor carga tributaria y reintegro de IGV: ¿el nuevo marco dinamizará la agroindustria?

El nuevo marco legal promueve la inversión y productividad en el agro mediante incentivos fiscales y facilidades para pequeños y medianos productores.

Menor carga tributaria y reintegro de IGV: ¿el nuevo marco dinamizará la agroindustria?

La nueva Ley Agraria (Ley N.º 32434) introduce un régimen tributario más competitivo y equitativo, orientado a impulsar la inversión, la formalización y la productividad del sector agroindustrial, especialmente en regiones donde el agro es motor de desarrollo.

Entre sus principales medidas, la ley establece una tasa reducida del Impuesto a la Renta (IR) del 15% para las empresas agrarias durante el periodo 2026–2035, antes de retornar al régimen general en 2036. Además, fija una tasa de pagos a cuenta del IR de 0.8%, lo que aliviará el flujo de caja y permitirá una mayor liquidez para inversiones en el sector.

Para Rolando Cevasco socio del área Tributaria de CMS Grau, otro beneficio relevante es la posibilidad de deducir como gasto hasta el 10% de las boletas emitidas por contribuyentes del NRUS, dado que, fomenta la formalización de las compras a pequeños proveedores de bienes y servicios. Adicionalmente, se incorpora una deducción extraordinaria del 25% sobre el valor de productos adquiridos a pequeños agricultores, siempre que no supere el 10% de los montos registrados en el libro de compras.

Otro incentivo clave es la depreciación acelerada del 20% anual para inversiones en infraestructura hidráulica y de riego adquiridas o construidas durante los ejercicios 2026 y 2035. “Esta medida no solo optimiza la determinación del tributo, sino que incentiva la inversión en infraestructura (con mejor tecnología), promoviendo la eficiencia en el uso del agua, uno de los mayores desafíos del agro nacional”, comenta el experto de CMS Grau.

Asimismo, la norma otorga a los beneficiarios el derecho al reintegro tributario del IGV correspondiente a adquisiciones o importaciones de bienes incluidos en el Apéndice I de la Ley del IGV. Aquellos que hubieran renunciado previamente a la exoneración podrán acogerse nuevamente a este beneficio dentro de los tres meses posteriores a la entrada en vigencia de la ley.

“El diseño progresivo de esta norma, con una tasa preferencial hasta 2035, busca equilibrar el desarrollo rural con la competitividad empresarial sin comprometer la recaudación futura del Estado”, sostiene Rolando Cevasco, socio de CMS Grau. “En la práctica, también promueve la asociatividad y la compra directa a pequeños productores, fortaleciendo una cadena de valor más inclusiva y sostenible.”

Con este nuevo marco, se espera que el sector agrario avance hacia una etapa de mayor formalización, productividad e inversión privada, consolidando su rol como pilar clave de la economía nacional: “esta ley representa una oportunidad para que el sector agrario peruano se encamine a una nueva etapa de formalización y sostenibilidad; los incentivos fiscales permitirán que más productores accedan a financiamiento e inviertan en tecnología y productividad” finaliza Rolando Cevasco.

Fuente: El Peruano

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