Ley N° 31844: Regulan registro balístico de armas antiguas de uso civil
Norma aprobada por el Congreso modifica disposición relativa a anotación

21/07/2023 Las armas antiguas de uso civil no anotadas en el Registro del Sistema de Identificación Balística, deberán ser inscritas antes de la renovación de la licencia de uso del arma.
Esto en aplicación de lo dispuesto en la Ley N° 31844, publicada hoy en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que modifica la disposición complementaria final quinta de la Ley N° 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil, relativa al Registro en el Sistema de Identificación Balística.
De acuerdo con la norma modificatoria corresponderá al Poder Ejecutivo, mediante el Ministerio del Interior, adecuar el Reglamento de la Ley N° 30299, aprobado por el Decreto Supremo 010-2017-IN, a la modificación dispuesta por la Ley N° 31844 en un plazo de 30 días calendario contados a partir de su entrada en vigor