Impulsan formalización de unidades productivas
Etapas comprenden constitución, registro tributario y autorizaciones.

21/07/2023 El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) puso a disposición de la ciudadanía la Guía para la formalización mediante la cual se explican los cinco pasos claves para la creación de un negocio formal propio, atendiendo a que con la formalidad se apoya el crecimiento del país.
De acuerdo con el documento orientador tales pasos son: Registro y constitución de la empresa, Registro tributario, Autorización municipal, Autorización sectorial y Registro laboral.
Constitución y registros
Elegida la actividad a desarrollar a modo de emprendimiento, el primer paso relativo al Registro y constitución de la empresa consiste en la búsqueda y reserva del nombre del negocio en los Registros Públicos, para luego elaborar la minuta y/o acta de constitución correspondiente, elevando el documento a escritura pública por notario para su inscripción registral.
Sin embargo, si se opta por constituir un negocio como una persona natural se deberá acudir a la Sunat para la obtención del RUC.
En caso se haya optado por crear una empresa, el siguiente paso es inscribir el negocio en el RUC, eligiendo el régimen tributario al cual se someterá, a fin de determinar la forma en que se asumirá el pago de impuestos, para lo cual se deberá obtener la Clave SOL en Sunat.
Autorizaciones
A continuación, el emprendedor deberá obtener de la municipalidad correspondiente el certificado de Indeci y la licencia de funcionamiento necesaria para que el negocio opere, la cual deberá obtenerse antes de comenzar las actividades.
Esto teniendo en cuenta que además se deberá solicitar la autorización sectorial pertinente, si es que la actividad que se desarrollará lo requiera.
Inscripción del personal
El quinto paso para crear un negocio formal es efectuar el registro laboral que implica inscribir a los trabajadores en la planilla electrónica desde el primer día de inicio de la relación laboral de acuerdo a ley. Asimismo, registrar en el T-Registro al supervisor en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) en caso la empresa tenga menos de 20 trabajadores o al Comité de SST si la empresa tiene más de ese número de trabajadores.
Esto teniendo en cuenta que se debe registrar al personal en el Sistema Integral de Salud (SIS) o en Essalud, dependiendo del régimen laboral de los trabajadores y que también ellos deben ser anotados en el sistema de pensiones de su elección, ya sea en el Sistema Nacional de Pensiones administrado por la ONP o en una AFP. En el Perú existen 13.1 millones de habitantes en la informalidad, informó el MTPE.