Fin de semana largo: Sepa cómo reducir su impuesto a la renta por consumos en restaurantes y hoteles
Los trabajadores independientes o en planilla, que tengan ingresos anuales superiores a 7 UIT (34,650 soles), pueden descontar del Impuesto a la Renta los gastos que realicen del viernes 28 de abril (día no laborable) al 1° de mayo por Día del Trabajador.

En ese sentido, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) explicó que para gozar de estos beneficios, es indispensable que el trabajador solicite boletas de venta electrónicas por los consumos que realice o servicios que reciba.
En este comprobante se debe incluir el número de su Documento Nacional de Identidad (DNI), y en caso sea un ciudadano extranjero con residencia en el país deberá solicitar el registro de su número de RUC.
Así, si decide ir a restaurantes, bares y hoteles, establecimientos que tendrán gran demanda, podrá descontar del Impuesto a la Renta hasta el 15% del total de la operación que realice.
Este beneficio también se aplicará si el consumo, en restaurantes, es mediante el servicio de delivery, modalidad muy usada por las familias peruanas, solicitando, en todos los casos, boleta de venta electrónica.
Para que los gastos apliquen a este beneficio, el negocio que emitió la boleta de venta electrónica debe tener registrada dicha actividad como “actividad económica principal y secundaria”, de ser el caso, en su Ficha RUC.
Otros gastos
Los trabajadores independientes o en planilla también pueden deducir como gastos deducibles: el alquiler de vivienda (30 %), honorarios de médicos y odontólogos (30 %), honorarios por servicios vinculados a toda profesión, arte, ciencia u oficio (30 %), y las aportaciones a EsSalud a favor de trabajadores del hogar (100 %).
El monto máximo adicional que podrá deducirse de los ingresos por Impuesto a la Renta de cada trabajador es de 3 UIT que, para este año, equivale a 14,850 soles.