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13 de marzo de 2026

Emolienteros ya son microempresarios por ley: conoce tus derechos y formaliza tu actividad

Pleno prueba autógrafa

Emolienteros ya son microempresarios por ley: conoce tus derechos y formaliza tu actividad

El Pleno del Congreso de la República aprobó, por insistencia y mayoría (86 votos a favor, cero votos en contra y 2 abstenciones), la autógrafa observada por el Poder Ejecutivo que reconoce a los emolienteros como microempresarios generadores de autoempleo productivo y promotores de una alimentación saludable.

La iniciativa legislativa se sustenta en los proyectos de ley 4314/2022-CR y 4813/2022-CR. Esta fue aprobada en primera y segunda votación durante la sesión plenaria del 22 de mayo del 2025. Fue observada el 27 de junio siguiente.

Esta propone modificar la Ley 30198, Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo.

El titular de la Comisión de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas, Raúl Huamán Coronado (bancada FP), respondió a cada una de las tres observaciones hechas por el Poder Ejecutivo.

De este modo, sostuvo que “el Congreso actúa bajo su potestad constitucional de promover la pequeña empresa y la formalización de actividades lícitas y tradicionales; en se sentido, la autógrafa no descuida la salud pública, sino que la garantiza al imponer explícitamente, el estándar de nutritivo y la obligación estricta de cumplir con todas las normas sanitarias vigentes”.

Por ello, expuso, “resulta irrazonable frenar la formalización de miles de micro emprendedores basándose en la presunción de insalubridad que la propia norma no mitiga, siendo que, se establece un marco legal que une el autoempleo productivo con la alimentación saludable”.

Es importante resaltar que la norma aprobada contiene 2 artículos. El primero modifica los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley 30198, Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo; el segundo incorpora los artículos 6, 7 y 8 en la citada ley.

Entre otros puntos, la propuesta legal amplía el alcance de la ley vigente para permitir la venta de productos complementarios, como sándwiches, y establece un marco normativo que exige a los gobiernos locales y al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo impulsar programas de capacitación en buenas prácticas de manipulación de alimentos, nutrición y propiedades de las plantas medicinales.

Asimismo, se promueve la articulación entre el Estado y los gobiernos subnacionales para asegurar que los emolienteros cuenten con el respaldo institucional necesario que les permita formalizarse, crecer y mejorar la calidad de sus productos, en beneficio de millones de consumidores en todo el país.

Fuente: El Peruano

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