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Nacional
21 de diciembre de 2022

Conoce las nuevas reglas para devolver ISC

Unidades de traslado internacional por carretera respetarán calidad de combustible.

Conoce las nuevas reglas para devolver ISC

A partir del 1° de enero del 2023 y hasta el 31 de diciembre del 2025 se devolverá el 70% del impuesto selectivo al consumo (ISC) que forma parte del precio de venta del combustible diésel B5 y diésel B20 con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm, a los transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre regular de personas de los ámbitos nacional, regional y provincial y/o el servicio de transporte público terrestre de carga.

 

Esto conforme a lo dispuesto en la Ley N° 31647, que modifica el Decreto de Urgencia N° 012-2019, el cual establece medidas para fortalecer la seguridad vial en la prestación del servicio de transporte público terrestre de carga y del transporte regular de personas de ámbito nacional, a fin de incorporar en su ámbito de aplicación al servicio de transporte terrestre regular de personas de los ámbitos regional y provincial, flexibilizar los requisitos para acceder a la devolución del ISC y ampliar el porcentaje de devolución.

De acuerdo con lo dispuesto por la ley modificatoria, para acceder a tal devolución el transportista que presta el servicio de transporte terrestre regular de personas del ámbito regional deberá contar con la autorización vigente para prestar dicho servicio otorgada por el gobierno regional y en el caso del servicio de transporte terrestre regular de personas del ámbito provincial deberá contar con la autorización vigente otorgada por la municipalidad provincial correspondiente o la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, tratándose de las provincias de Lima y Callao.

Corresponderá a los ministerios de Economía y Finanzas, de Transportes y Comunicaciones, y del Ambiente adecuar en un plazo no mayor de 30 días calendario las normas reglamentarias del Decreto de Urgencia N° 012-2019 a lo dispuesto por la ley modificatoria.

Ingreso de vehículos

Por otro lado, para contribuir a la mejora de la calidad ambiental del aire, mediante la Ley N° 31646 se oficializó la decisión de disponer que los vehículos de transporte terrestre internacional que ingresen en el territorio nacional utilicen combustibles que cumplan con las especificaciones y características previstas en la normativa nacional. Esta medida es de aplicación para los transportistas, nacionales o extranjeros, a cuyo nombre se encuentran habilitados los vehículos de transporte terrestre internacional que ingresen y circulen por el territorio nacional, sin perjuicio de lo establecido en los acuerdos internacionales y en la normativa comunitaria andina sobre la materia de los que el Perú es parte y que se encuentran vigentes. En ese contexto, se faculta al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) para llevar a cabo la supervisión y fiscalización correspondiente con el apoyo de la Policía Nacional del Perú.

Fuente: El Peruano

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