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Nacional
31 de agosto de 2026

¿Cómo se formarán los nuevos jueces y fiscales? Amag aprueba programas diferenciados

Presidente de la Academia de la Magistratura, Víctor Chanduví, precisa que la capacitación responderá a las necesidades específicas de quienes ingresen a las carreras judicial y fiscal.

¿Cómo se formarán los nuevos jueces y fiscales? Amag aprueba programas diferenciados

La Academia de la Magistratura (Amag) dio un paso trascendente en los servicios que brinda al sistema de justicia del país al establecer mallas curriculares diferencias en sus programas de habilitación e inducción, de acuerdo con los contenidos establecidos en las leyes de las carreras judicial y fiscal para la formación de los magistrados.  


“Consideramos que esta diferenciación constituye un avance muy importante para la formación de nuestros magistrados, porque permite que la capacitación responda de manera más específica a las funciones y responsabilidades que asumirán quienes ingresan a las carreras judicial y fiscal”, afirma el presidente de la institución, Víctor Hugo Chanduví Cornejo.


En declaraciones al Diario Oficial El Peruano, explica que de acuerdo con la estrategia formativa de la Academia de la Magistratura para 2026, los postulantes que cuentan con acuerdo de nombramiento de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) deben aprobar, según el nivel al que ingresan, el Programa de Habilitación o el Programa de Inducción. 


Características

El primero, indica, corresponde a los magistrados que ingresan a los niveles 1 y 2 de la carrera –jueces de paz letrados y jueces especializados o mixtos–, mientras que el segundo se dirige a quienes entran a los niveles 3 y 4, es decir, jueces superiores y jueces supremos.


A la fecha, estos programas se desarrollaban utilizando la malla curricular del al Programa de Formación de Aspirantes (Profa), cuya duración es de nueve meses y al que se podían incorporar automáticamente los aspirantes con el acuerdo de nombramiento de la JNJ, recalca.


Chanduví recuerda que una sentencia del Tribunal Constitucional (TC), recaída en los expedientes acumulados N.° 0025-2005-PI/TC y N.° 0026-2005-PI/TC, estableció en su fundamento 109 que el Profa dejaba de ser un requisito para postular a la magistratura.Sin embargo, aclara, quienes no hubieran cursado dicho programa no podían ejercer el cargo sin antes llevarlo. Asimismo, reconoció la competencia de la Academia de la Magistratura para establecer su estructura, duración y exigencias académicas, resalta.


Después, la Ley N.° 29277, Ley de la Carrera Judicial, y la Ley N.° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, establecieron que, para ejercer la función jurisdiccional y fiscal en los dos primeros niveles, correspondía cursar el Programa de Habilitación; y para los niveles tercero y cuarto, el Programa de Inducción, refiere.
Por tal motivo, revela, el consejo directivo de la Amag dio un paso importante para establecer mallas curriculares diferenciadas y adecuadas a las características y necesidades de cada programa. En su sesión del 24 de agosto de 2026, aprobó los nuevos planes de estudio de ambos programas, incluidos en el Informe N.° 000605-2026-MAG/DA-Profa, de fecha 19 de agosto de 2026, precisa.
Por lo tanto, el presidente de la Amag subraya que a partir del citado acuerdo, la Academia de la Magistratura contará con mallas curriculares diferenciadas para el Profa, el Programa de Habilitación y el Programa de Inducción. “Esta decisión permitirá atender las necesidades específicas de cada programa y, sobre todo, optimizar los tiempos de formación”, destaca.
Tiempos

La diferencia, menciona, es bastante clara, pues el Programa de Formación de Aspirantes se dicta en forma virtual, a tiempo completo y con una duración de 9 meses. Mientras,  el Programa de Habilitación es de modalidad semipresencial, a tiempo parcial y con una duración de 22 semanas; y el Programa de Inducción es de modalidad semipresencial, a tiempo parcial y con una duración de 17 semanas, anota.
“El acuerdo representa una mejora sustantiva, porque estamos pasando de un esquema en el que se utilizaba una misma malla para programas con finalidades distintas a un modelo de formación más especializado y acorde con las características de cada nivel de la magistratura, enfatiza.
Chanduví resalta que las mallas diferenciadas permitirán agilizar la incorporación de los magistrados a sus funciones, a fin de que puedan asumir sus cargos en menor tiempo y contribuir a reducir la provisionalidad en el sistema de justicia del país.
Descarta que vaya a disminuir la calidad académica de la institución “porque nuestra misión constitucional es la formación de los magistrados. Además, los cursos o talleres están en dirección a lo que establecen las propias leyes de las carreras judicial y fiscal. Estamos en línea con lo que dicen las respectivas normas”.
“Es un esfuerzo más y un logro de la gestión que se alcanzó en coordinación con las áreas académicas y técnicas, porque no es fácil modificar una malla curricular. No se trata de achicar o de quitar cursos, sino que tienen que estar alineados a toda la estructura y de acuerdo con lo que nos piden las leyes”, recalca.
Investigación

En otro momento, Chanduví destaca otro logro institucional importante vinculado con el fortalecimiento de la investigación científica. “Durante este año, la revista de la Academia de la Magistratura ha sido incorporada a las bases de datos internacionales LatinREV y Dialnet”, indica.
“Esta decisión constituye un reconocimiento a la calidad académica y científica de nuestra publicación y permite proyectar la producción intelectual de la academia hacia la comunidad jurídica nacional e internacional”, asevera.
Para alcanzar este objetivo, afirma Chanduví Cornejo, el consejo directivo impulsó la actualización de las políticas editoriales, al ampliar la convocatoria a toda la comunidad académica y promover investigaciones jurídicas de mayor calidad y diversidad.
“Nosotros destrabamos la limitación que había en la estructura de la revista, la cual establecía que el 80% del contenido debería estar conformado por artículos de jueces y fiscales y el 20% era libre, es decir, a cargo de juristas. Era una barrera burocrática que limitaba y hacía imposible que se cumpla con la periodicidad requerida justamente como uno de los requisitos para lograr la indexación académica”, puntualiza el titular de la Amag.
Actualización

Víctor Chanduví revela que su gestión trabaja en la actualización de licencias especializadas, bases de datos, herramientas ofimáticas y sistemas de ciberseguridad, además de la adquisición de equipos. “Pero la transformación digital no depende solo de adquirir tecnología. Necesitamos también preparar al personal para utilizarla de manera adecuada. Por ello, fortaleceremos sus capacidades mediante programas de capacitación en inteligencia artificial y transformación digital”, remarca.
La innovación tecnológica, afirma, solo genera verdadero valor cuando está acompañada del fortalecimiento permanente del talento humano. “Otro eje importante será el impulso de nuestras alianzas estratégicas. En lo que resta del año tenemos previsto celebrar convenios de cooperación con instituciones nacionales e internacionales y gestionar nuevas oportunidades de cooperación académica con instituciones de primer nivel”, anota.
Documento

Es un orgullo que, mediante la Resolución Viceministerial N.° 0186-2026-VMPCIC/MC, el Ministerio de Cultura haya declarado Patrimonio Cultural de la Nación el Acta de Instalación del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, expresa también Víctor Chanduví.
“El documento, suscrito el 14 de noviembre de 1994 por los fundadores de nuestra institución, representa mucho más que un documento histórico. Simboliza el nacimiento de la Amag como entidad especializada en la formación y capacitación de jueces y fiscales del Perú y constituye parte fundamental de la memoria institucional del sistema de justicia”, afirma.

Fuente: El Peruano

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