Nacional
29 de septiembre de 2025
Reglamentan retiro de fondos en AFP: solicitudes se podrán presentar desde el 21 de octubre
SBS publicó procedimiento

La norma de la SBS establece que el retiro de los fondos mantiene su condición de intangible, excepto en los casos de retención judicial por deudas alimentarias, que podrá ser hasta un máximo de 30% de lo retirado, conforme a lo dispuesto por la ley.
En el caso de las plataformas que soporten el registro de las solicitudes, estas deben contar con estándares mínimos que permitan su correcto llenado y envío, en términos de tiempo y acceso, así como con los mecanismos de ciberseguridad y de conservación de información que correspondan, según lo previsto en la normativa aplicable.
Dijo, asimismo, que el plazo para que los afiliados a una AFP puedan solicitar los retiros vencerá el lunes 19 de enero del 2026, a los 90 días del inicio de vigencia del procedimiento operativo establecido.
Ante ello, comento que en los siguientes días, las AFP deberían publicar un calendario de solicitudes de retiro en función del último dígito del DNI (como ocurrió en años anteriores), así como establecer una página web única para la presentación de solicitudes, aseveró el profesor de finanzas.
Fuente: El Peruano