Simplifican registro, renovación y protección de las marcas y elementos de la Propiedad Industrial

Mediante la Ley Nº 31497 (Publ. 21-06-2022, Vig. 22-06-2022), modifican artículos del Decreto Legislativo Nº 1075, que regula disposiciones complementarias a la Decisión 486 de la Comunidad Andina, que establece el Régimen Común sobre Propiedad Industrial, simplificando el registro, la renovación y la protección de las marcas y elementos de la Propiedad Industrial.
De esta forma, entre sus modificaciones, se precisa que en caso de inspecciones a pedido de parte, estas deberán practicarse previa coordinación con el solicitante, quien cuenta con un plazo de 30 días hábiles para efectuar dicha coordinación, contado desde la fecha de notificación de la resolución que ordena la inspección.
Asimismo, se establece que las medidas cautelares deben ser concedidas o rechazadas en un plazo no mayor de 15 días hábiles contados desde la fecha de presentación de la solicitud o subsanación de omisiones, de ser el caso.
Como única Disposición Complementaria Final, INDECOPI en un plazo no mayor de 60 días hábiles desde la vigencia de la presente ley, adecúa su texto único de procedimientos administrativos (TUPA) así como sus plataformas virtuales para que los solicitantes obtengan información eficiente, según la política de simplificación administrativa.
En ese sentido, los procedimientos a cargo de los órganos competentes del INDECOPI que, a la fecha de vigencia de la presente ley se encuentren en trámite, continúan siendo tramitados bajo el procedimiento anterior.
