Simplifican inscripción en registro de proveedores de servicios electrónicos

A través de la Resolución de Superintendencia N.º 000108-2022/SUNAT (Publ. 21-06-2022, Vig. 22-06-2022), la SUNAT simplifica el procedimiento que deben cumplir las empresas interesadas en inscribirse en el Registro de Proveedores de Servicios Electrónicos (PSE) para poder ofrecer los distintos servicios inherentes a la emisión electrónica
En ese sentido, se elimina el proceso de homologación como condición para la inscripción en el registro de PSE y, de este modo, el plazo de atención de las solicitudes para dicha inscripción se reduce de 30 a 5 días hábiles, agilizando de manera considerable el proceso.
Por otro lado, se dispone que la presentación de la declaración jurada con el valor de los activos netos y el Certificado ISO/IEC-27001, sobre seguridad de la información, se puede realizar, además, por la Mesa de Partes Virtual (MPV) de la SUNAT.
A su vez, se establece que el requisito de la certificación ISO/IEC-27001 se acreditará con la presentación del respectivo certificado en las dependencias de la SUNAT en el plazo de 3 días hábiles contados desde el día siguiente de la presentación de la solicitud de inscripción.
Finalmente, en caso un PSE sea retirado del registro, se amplía de 30 a 90 días el plazo durante el cual puede continuar realizando actividades inherentes a la modalidad de emisión electrónica.
Cabe resaltar, que esta optimización se enmarca en el proceso de masificación de los comprobantes de pago electrónico.
