Se modifica la tenencia compartida en el Código de los Niños y Adolescentes

Mediante Ley Nº 31590 (Publ. 26-10-2022, Vig. 27-10-2022) se modifican los artículos 81, 82, 83 y 84 del Código de los Niños y Adolescentes con el fin de regular adecuadamente la tenencia compartida. Por lo tanto, a través de esta norma se añade el acceso a las instancias de conciliación extrajudicial como mecanismo de resolución del conflicto. Además, se delimitan las conductas que pueden efectuar la variación de la tenencia y se dispone provisionalmente la utilización de medios digitales para mantener el vínculo parental en caso de imposibilidad física de uno de los progenitores.
Así también, con respecto al proceso, se podrá solicitar una medida cautelar de tenencia compartida o tenencia exclusiva, la cual deberá ser resuelta por el Juez competente en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de presentada la medida. Teniendo ello en cuenta, es importante recalcar que el cumplimiento de todas las modificaciones efectuadas se hará con sujeción al principio del interés superior del Niño, Niña y Adolescente.
