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Comentario Legal
22 de agosto de 2025
Se modifica el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones
Varios

Mediante Ley Nº 32428 (publ.21.08.25; vig. conforme la norma lo indique), se establece el cumplimiento del siguiente límite para la política de diversificación de inversiones de los fondos: La suma de las inversiones en instrumentos emitidos por gobiernos, entidades financieras y no financieras cuya actividad económica mayoritariamente se realice en el exterior como máximo 80% del valor del fondo.

Esp. Keila Grisel Villa Carhuas
Normas Legales Enlazadas
Poder Legislativo
Ley Nº 32428
LEY QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO
ORDENADO DE LA LEY DEL
SISTEMA PRIVADO DE ADMINISTRACIÓN
DE FONDOS DE PENSIONES,
APROBADO MEDIANTE EL DECRETO
SUPREMO 054-97-EF, RESPECTO A LOS
LÍMITES DE INVERSIÓN GENERALES