Sanciones no aplicables en casos de transporte con GR sin los nuevos requisitos

A través de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 000052-2022-SUNAT/700000 (Publ. 31-12-2022, Vig. 01-01-2023), se dispone aplicar la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tipificadas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 de Código Tributario (trasportar y remitir bienes, respectivamente, con documentos que no reúnen las características reglamentarias), detectadas desde el 01.01.2023 hasta el 30.06.2023, relacionadas con la emisión de las GRE (guías de remisión electrónicas) y de las guías de remisión en formatos impresos o importados por imprenta autorizada, cuando se omitan los nuevos requisitos establecidos a través de la Resolución de Superintendencia Nº 000123-2022/ SUNAT.
