RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°188-2020-EF/15

Mediante Resolución Ministerial N° 188-2020-EF/15, publicada el 05 de julio del presente año, en el Diario Oficial El Peruano, se fijan índices de corrección monetaria, correspondiente al mes de julio para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, en se sentido en artículo 1 de mencionada Resolución dispone que en las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el día siguiente de publicada la presente Resolución hasta la fecha de publicación de la Resolución Ministerial mediante la cual se fijen los índices de corrección monetaria del siguiente mes, el valor de adquisición o construcción, según sea el caso, se ajusta multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmueble.
El índice de corrección monetaria del mes de julio del 2020 corresponde a 1,01.
La presente Resolución Ministerial, bajo comentario, entra en vigencia a partir del 06 de julio del 2020.
