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Comentario Legal
30 de octubre de 2019

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 216-2019/SUNAT

TributarioDetracciones
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 216-2019/SUNAT

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 216-2019/SUNAT publicada el 30 de octubre del presente año, en el diario oficial El Peruano, se modifica la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT, que aprueba las Normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias; al ser necesario optimizar el depósito de las detracciones en el Banco de la Nación a fin de agilizar el envío a la SUNAT de la información de los montos depositados y disminuir los errores en la información consignada en las constancias de los depósitos; adicionalmente, se debe modificar la Resolución de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT que regula la forma y condiciones en que se pueden realizar diversas operaciones a través de Internet mediante el sistema SUNAT Operaciones en Línea, a fin de incluir a la generación del número de pago de detracciones como una de las operaciones que puede efectuarse en dicho sistema; se procede a emitir la presente resolución, en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 del TUO del Decreto Legislativo Nº 940, el artículo 11 de la Ley General de la SUNAT, el artículo 5 de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, y sus normas modificatorias; se resuelve:


“Artículo 1.- Objeto

La presente resolución tiene por objeto implementar el uso del número de pago de detracciones para realizar el depósito de las detracciones en el Banco de la Nación.

Artículo 2.- Modificación de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT

2.1 Modifícase el inciso b.1) del literal b) y el tercer párrafo y cuarto párrafo del literal c) del numeral 17.1, el encabezado y el literal a) del numeral 17.3 del artículo 17, así como el numeral 18.3 del artículo 18 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias.

(…)

2.2 Incorpórase como último párrafo del artículo 23 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias.

(…)

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Única.- Vigencia

La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA

Única.- Modificación de la Resolución de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT que regula la forma y condiciones para realizar diversas operaciones a través de internet mediante el sistema SUNAT Operaciones en Línea

Modifícase el encabezado del primer párrafo del artículo 3-C de la Resolución de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT y normas modificatorias

(…)

Incorpórase el numeral 57 al artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT y normas modificatorias, en los siguientes términos:”


La Resolución de Superintendencia, bajo comentario, entra en vigencia el 31-10-19.

José Patiño Blas
Esp. José Patiño Blas

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