Actualidad Empresarial
Inicia sesión
o suscríbete
Zona de
suscriptores

Suscripción 2027

Portada
Última ediciónNúmeros anteriores
InicioLa revistaEquipo editorialIndizaciónEstadísticas
Pioners
Comentarios legales
Banco de consultas
Mentorías
Suscripción 2027
  1. Portada
  2. Zona de Suscriptores
  3. Comentarios Legales
Volver a Comentarios Legales
Comentario Legal
11 de septiembre de 2020

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS N° 000016-2020-SUNAT/700000

Tributario
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS N° 000016-2020-SUNAT/700000

Mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000016-2020-SUNAT/700000, publicada el 31 de agosto del presente año, en el diario oficial El Peruano, se dispone aplicar la facultad discrecional de la administración, de no sancionar las infracciones relacionadas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica, tipificada en el numeral 10 del artículo 175 del TUO del Código Tributario, cometido por los contribuyentes, siempre que se encuentre dentro de los siguientes supuestos:


Supuestos

Aplicación de la facultad discrecional

a) Antes de que surta efecto la notificación del documento de la SUNAT con el que se comunica al infractor que ha incurrido en infracción


Si el infractor ha incurrido en más de una infracción en el mismo mes, se le sancionará con una sola multa. Dicha multa no se aplicará si el infractor subsana todas las infracciones del mes.


Lo antes señalado se aplicará por cada mes, si el infractor ha incurrido en una o más infracciones en diversos meses.


b) Después de que surta efecto la notificación del documento de la SUNAT con el que se comunica al infractor que ha incurrido en infracción


Si el infractor ha incurrido en más de una infracción en el mismo mes, se le sancionará con una sola multa.


Si el infractor ha incurrido en varias infracciones en diversos meses comprendidas en el documento, se le aplicará una sola multa por mes. Si subsana todas las infracciones detalladas en el documento, solo se le aplicará la multa más antigua.


La Resolución de Superintendencia, bajo comentario, entra en vigencia el 01-09-2020.

José Patiño Blas
Esp. José Patiño Blas

Suscripción 2027

Suscripción Actualidad Empresarial 2027 con revista, agenda jurídica y acceso digital

La revista de referencia obligatoria

Para jueces, fiscales y abogados penalistas con rigor dogmático y soluciones prácticas

Suscribirme ahora
Equipo editorialIndizaciónEstadísticas
Ver ediciones anteriores

La revista Actualidad Empresarial, revista de investigación y negocios, se encuentra registrada, desde 04 de diciembre del 2017, en el Catálogo v1.0, del Sistema Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal – Latindex, cuyos datos de registro son Folio N.° 26587 y Folio único N.° 23594.

Ver más →

Los artículos y comentarios pueden ser enviados directamente a los correos: preprensa@institutopacifico.pe El remitente debe haber observado todas las reglas de la revista y exigencias generales de toda investigación seria.

Ver más →
Normas para autoresNormas de evaluaciónNormas éticasPolíticas de acceso abiertoPolíticas de preservación digital
Libros empresariales
Facebook Instagram
Actualidad Empresarial

Una marca de Instituto Pacífico

Actualidad Empresarial la revista de referencia obligatoria para jueces, fiscales y abogados penalistas con rigor dogmático y soluciones prácticas.

La revista

  • Última edición
  • Números anteriores
  • Inicio
  • La revista
  • Equipo editorial
  • Indización
  • Estadísticas

Normas editoriales

  • Normas para autores
  • Normas de evaluación
  • Normas éticas
  • Políticas de acceso abierto
  • Políticas de preservación digital
Convocatoria Formas de pago

Alertas empresariales

Regístrate gratis y recibe en tu correo o WhatsApp las últimas casaciones del día, modificaciones del Código Empresarial y beneficios exclusivos de la Campaña 2027

Estamos para ayudarte

Comuníquese con nuestra central o visítenos en nuestras oficinas corporativas autorizadas.

Central telefónica:(01) 619-3700
Correo de informes:info@institutopacifico.pe
Dirección:Jr. Castrovirreyna 224, Breña, Lima - Perú

Transparencia

  • Términos y Condiciones de Uso
  • Políticas de Privacidad y Datos Personales (Ley N° 29733)
  • Políticas de Cookies

Cumplimiento legal

Conforme al Código de Protección al Consumidor en el Perú, ponemos a su disposición nuestro libro virtual de incidencias.

Libro de reclamaciones
© 2026 Actualidad Empresarial - Instituto Pacífico S.A.C. Todos los derechos reservados.